Thursday, December 24, 2009

LIBROS CONTABLES DNI EMPRESA- 24va PARTE 12/09

3ºPARTE-SANCIONES OMISION REGISTRACION- FALLAS EN LA CONTABILIDAD-LIBROS-Ley Nº 11683-12/09 (T.O. 1998)
ARTICULO 40 LEY 11.683: Serán sancionados con multa de $ 300 a $30.000 y clausura de 3 a 10 días del establecimiento, local, oficina, recinto comercial, industrial, agropecuario o de prestación de servicios, quienes (PARTE PERTINENTE DEL ARTICULO):
b) No llevaren registraciones o anotaciones de sus adquisiciones de bienes o servicios o de sus ventas, o de las prestaciones de servicios de industrialización, o, si las llevaren, fueren incompletas o defectuosas, incumpliendo con las formas, requisitos y condiciones exigidos por la AFIP.
e)No poseyeren o no conservaren las facturas o comprobantes equivalentes que acreditaren la adquisición o tenencia de los bienes y/o servicios destinados o necesarios para el desarrollo de la actividad de que se trate.

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