Thursday, December 24, 2009

LIBROS CONTABLES DNI EMPRESA- 18va PARTE 12/09

28º POST-LIBROS CONTABLES DNI EMPRESA- 18º PARTE-12/09


b.11.) Consorcios de Propiedad Horizontal (Ley 13.512):

Los libros que deben llevar los consorcios de la propiedad horizontal (Ley 13.512[1]) se encuentran previstos en el art. 5 del Decreto 18.734/49[2]. Allí se establece que ellos son dos (2), a saber: i) Un libro de actas; y ii) Un libro de Administración. Ambos deben rubricarse ante el Registro de la Propiedad Inmueble.

b.12.) Clubes de Campo, Barrios Privados, Clubes Náuticos, Cementerios Privados y Parques Industriales:

Los Clubes de Campo, Barrios Privados, Clubes Náuticos, Cementerios Privados y Parques Industriales, son organizaciones que suelen adoptar las más diversas formas jurídicas.

A veces se estructuran como entidades con fin de lucro (v.g.: sociedad anónima), en ocasiones como organizaciones sin esa finalidad (v.g.: asociaciones civiles), y en oportunidades, hasta como consorcios de propiedad horizontal.

De la estructura jurídica que adopten, depende los registros que en cada caso deben llevar este tipo de organizaciones. Al respecto, remitimos a lo desarrollado a lo largo de los acápites precedentes.

b.13.) Profesionales independientes:

El desarrollo de actividades artesanales y profesionales no importa la realización de acto de comercio.Ello provoca que las personas que actúan como profesionales universitarios (médicos, contadores, abogados, odontólogos, etc.) o se desempeñan en el ejercicio de algún oficio (mecánicos, plomeros, electricistas, etc.), salvo que hayan formado algún tipo de cooperativa, sociedad comercial o asociación bajo la forma de sociedad, no están obligados a llevar registro especial alguno. Ello sin perjuicio de los que les fueran exigidos por las normas laborales –si fueran empleadores- e impositivas, que más adelante veremos.

[1] Publicada en el Boletín Oficial el 18-10-48;

[2] Publicada en el Boletín Oficial el 10-08-49;

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