Sunday, April 11, 2010

Ley 26565. Monotributo2010. Resumen de la Ley. 17va parte

PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES INSCRIPTOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL (MONOTRIBUTO SOCIAL)

a)Adhesión: La adhesión al Régimen Simplificado (RS) de los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social (monotributista social), será tramitada ante dicho ministerio, luego de emitida la correspondiente resolución mediante la cual se reconozca a los sujetos, su condición de efectores sociales.

El citado ministerio y este Organismo, intervendrán, a los fines señalados, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Conjuntas Nº 2.190/04 (MDS) y Resolución General Nº 1.711 (AFIP), y N° 365/09 (MDS) y N° 2.564 (AFIP).

b)Cuota: Ingresarán el 50% de las cotizaciones previsionales fijas con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, en su carácter de titulares y por cada uno de los integrantes del grupo familiar primario denunciado al momento de su inscripción.

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