BENEFICIOS Y COTIZACIONES DEL REGIMEN GENERAL
El régimen previsto, comprende:
a) El pago de una “cuota de inclusión social” ($55) que reemplaza la obligación mensual de ingresar la cotización previsional ($110)
b)el acceso a las prestaciones de salud (obra social) y seguridad social (jubilación, retiro por invalidez y obra social para los jubilados: pami)
c) la exención del pago del impuesto integrado establecido
RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
a)Cotizaciones Generales (Previsionales y de Salud):
Estas son las siguientes cotizaciones previsionales fijas:
a) Aporte de $ 110, con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino.
b) Aporte de $ 70, con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud
c) Aporte adicional de $70, a opción del contribuyente, al Régimen Nacional de Obras Sociales, por la incorporación de cada integrante de su grupo familiar primario.
b)Excepciones Cotizaciones:
Quedan eximidos de todos los aportes indicados en el punto anterior:
I)Los menores de 18 años de edad
II)Los trabajadores autónomos.
III)Los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenes provinciales para profesionales
IV)Los sujetos que -simultáneamente con la actividad por la cual adhieran al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)- se encuentren realizando una actividad en relación de dependencia y aporten en tal carácter al régimen nacional o a algún régimen provincial previsional.
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