Friday, January 29, 2010

Ley 26565. Monotributo 2010. Resumen de la Ley. 7ma parte

INGRESOS NO COMPRENDIDOS Y QUE NO SE TIENEN EN CUENTA PARA CATEGORIZAR A UN SUJETO. TAMPOCO INCREMANTAN LOS LIMITES PERMITIDOS

a)No comprendidos los siguientes ingresos:

**Los ingresos provenientes de prestaciones e inversiones financieras,

**Compraventa de valores mobiliarios

**Participaciones en utilidades de cualquier sociedad no incluidas. Los socios de sociedades comprendidas y no adheridas al Régimen Simplificado, así como de sociedades no comprendidas en el mismo, no podrán adherir en forma individual al régimen por su condición de integrantes de dichas sociedades. Idéntico tratamiento será de aplicación respecto de quienes ejercen la dirección, administración o conducción de las citadas sociedades.
*No se considera ingreso bruto el derivado de la realización de bienes de uso, entendiendo por tales aquellos cuyo plazo de vida útil sea superior a 2 años, en tanto hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente adherido al Régimen Simplificado , como mínimo, 12 meses desde la fecha de habilitación del bien.

*Cargos públicos

*Trabajos ejecutados en relación de dependencia

*Jubilaciones, pensiones o retiros
Respecto de los ingresos señalados precedentemente, deberá cumplirse, de corresponder, con las obligaciones y deberes impositivos y previsionales establecidos por el régimen general vigente.

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