Friday, January 29, 2010

Ley 26565. Monotributo 2010. Resumen de la Ley. 9na parte.

RECATEGORIZACION

a)Fechas: Cada 4 meses (07/01, 07/05, 07/09), debe recategorizarse sumando los ingresos de los ultimos 12 meses calendario y las magnitudes físicas. Si sigue en la misma categoría, no tiene que hacer nada.

b)Plazo Especial: Las obligaciones de pago así como la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2009, cuyo vencimiento operaba el 7 de enero de 2010, podrán efectuarse hasta el día 29 de enero de 2010, inclusive.

c)Probable declaracion cuatrimestral que exigirá la AFIP:Asimismo, a la finalización de cada cuatrimestre calendario el pequeño contribuyente estará obligado a presentar una declaración jurada informativa en la forma, plazos y condiciones que oportunamente establecerá la AFIP, en la cual deberá consignar, entre otros, los datos que respecto de cada concepto se indican a continuación:

*Consumo de energía eléctrica: número del medidor y denominación del prestador del servicio.

*Local o establecimiento: datos del propietario, nomenclatura catastral del inmueble afectado o locatario (datos del locador y fecha del timbrado del contrato de locación).

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